Cálculo del beneficio distribuible y registro contable a través de dos ejemplos prácticos

Ejemplo 1

La sociedad COBRA se constituyó en el ejercicio 2020. La situación del patrimonio neto en 31/12/2023 es la siguiente:

Capital Social: 100.000 (1 € de nominal)
Reserva Legal: 15.000
Reservas Voluntarias: 3.000
Resultado del ejercicio: 30.000

En el ejercicio 2024 la Junta general aprueba la propuesta de distribución de resultados del ejercicio 2023 hecha por los administradores que consiste en cubrir en el mínimo las obligaciones legales, repartir el máximo dividendo posible a los accionistas y destinar el resto a reservas voluntarias.

 Se pide:

  1. A) ¿Cuánto sería el dividendo máximo a repartir?
  2. B) ¿Cuánto sería el dividendo máximo a repartir sobre el beneficio del ejercicio? ¿Y en términos porcentuales?
  3. C) Realizar la anotación contable de la aplicación del resultado en el caso de repartir el máximo dividendo posible indicando los saldos de las cuentas después de la misma.
  4. D) Realizar la anotación contable del abono del dividendo si se aplica una retención del 19%

 Solución:

 Test del balance antes del reparto

Patrimonio neto mercantil (artículos 28.2 y 3.1 de la RICAC 05-03-2019) = Patrimonio neto según balance + socios por aportaciones pendientes de exigir + nominal y prima de emisión de acciones consideradas pasivos financieros  +/- ajustes por cambios de valor de operaciones de cobertura de efectivos – ajustes positivos de valoración de operaciones distintas – subvenciones, donaciones y legados = 148.000 + 0 + 0 +/- 0 – 0 – 0 = 148.000

Capital Social: 100.000
Reserva Legal: 15.000
Reservas voluntarias: 3.000
Resultado del ejercicio: 30.000
Patrimonio neto según balance = 148.000  

 Patrimonio neto mercantil = 148.000

Capital Social mercantil = 100.000

Diferencia = 48.000

Cálculo del beneficio distribuible (Artículo 3.5 RICAC 05-03-2019)

Resultado del ejercicio, de acuerdo con el balance aprobado  30.000
Gastos financieros (dividendo mínimo o preferente)  0
Ajustes positivos  3.000
    Reservas Voluntarias = 3.000
    Remanente = 0
    Prima de emisión = 0
    Aportaciones de socios = 0
Ajustes negativos  -3.000
    RNEA – exceso sobre ajustes positivos (-) = 0
    Exceso sobre ajustes positivos – RL y otras reservas indisponibles(-) = 0
    Dotación RL y otras atenciones obligatorias por ley o estatutos = – 3.000
BENEFICIO DISTRIBUIBLE PREVIO
Saldo contable de I+D  0
BENEFICIO DISTRIBUIBLE DEFINITIVO  30.000*

Resultados negativos de ejercicios anteriores (RNA)= 0

Ajustes positivos = 0

Exceso sobre ajustes positivos = 0

Reserva Legal = 15.000

Reserva Legal neta o efectiva = 15.000 – 0 = 15.000

10% x 30.000 = 3.000 (Artículo 274.1 TRLSC)

(15.000 + 3.000 < 20% x 100.000)

  1. A) ¿Cuánto sería el dividendo máximo a repartir?

 Dividendo máximo = 30.000

  1. B) ¿Cuánto sería el dividendo máximo a repartir sobre el beneficio del ejercicio? ¿Y en términos porcentuales?

Dividendo máximo con cargo a resultados del ejercicio = 30.000 – 3.000 = 27.000

% = 27.000/100.000 = 27%

  1. C) Realizar la anotación contable de la aplicación del resultado en el caso de repartir el máximo dividendo posible indicando los saldos de las cuentas después de la misma.
30.000,00 129. Resultado del ejercicio   112. Reserva Legal 3.000,00
3.000,00 113. Reservas voluntarias   526. Dividendo activo a pagar 30.000,00

 

  1. D) Realizar la anotación contable del abono del dividendo si se aplica una retención del 19%

 Pago del dividendo

30.000,00 526. Dividendo activo a pagar   572.Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros

81% x 30.000

24.300,00
  4751. Hacienda pública  acreedora por retenciones practicadas

19% x 30.000

5.700,00

 

Capital Social: 100.000
Reserva Legal: 18.000
Reservas voluntarias: 0
Resultado del ejercicio: 0
Patrimonio neto según balance = 118.000  

Ejemplo 2

 La sociedad BOA se constituyó en el ejercicio 2019. La situación del patrimonio neto en 31/12/2023 era la siguiente:

Capital Social: 30.000 (100 € de nominal)
Reserva Legal: 5.000
Reservas Voluntarias: 20.000
Resultados negativos de ejercicios anteriores -10.000
Resultado del ejercicio: 20.000
Dividendo a cuenta -1.000

Se sabe que la sociedad tiene “gastos de investigación” activados por importe de 6.000 €.

Además, se sabe que la sociedad tiene acordado el reparto del dividendo máximo posible.

Se pide:

  1. A) ¿Cuánto sería el dividendo máximo a repartir?
  2. B) Realizar la anotación contable de la aplicación del resultado en el caso de repartir el máximo dividendo posible indicando los saldos de las cuentas después de la misma.
  3. C) Realizar la anotación contable del abono del dividendo si se aplica una retención del 19%

Solución:

Test del balance antes del reparto

Patrimonio neto (artículos 28.2 y 3.1 de la RICAC 05-03-2019) = Patrimonio neto según balance + socios por aportaciones pendientes de exigir + nominal y prima de emisión de acciones consideradas pasivos financieros  +/- ajustes por cambios de valor de operaciones de cobertura de efectivos – ajustes positivos de valoración de operaciones distintas – subvenciones, donaciones y legados = 64.000 + 0 + 0 +/- 0 – 0 – 0 = 64.000

Capital Social: 30.000
Reserva Legal: 5.000
Reservas voluntarias: 20.000
RNEA -10.000
Resultado del ejercicio: 20.000
Dividendo a cuenta -1.000
Patrimonio neto según balance = 64.000  

 Patrimonio neto mercantil = 64.000

Capital Social mercantil = 30.000

Diferencia = 34.000

 Cálculo del beneficio distribuible (Artículo 3.5 RICAC 05-03-2019)

Resultado del ejercicio, de acuerdo con el balance aprobado  20.000
Gastos financieros (dividendo mínimo o preferente)  0
Ajustes positivos  20.000
    Reservas Voluntarias = 20.000
    Remanente = 0
    Prima de emisión = 0
    Aportaciones de socios = 0
Ajustes negativos  -11.000
    RNEA – exceso sobre ajustes positivos (-) = 10.000 – 0 = 10.000 (-)
    Exceso sobre ajustes positivos – RL y otras reservas indisponibles (-) = 0
    Dotación RL y otras atenciones obligatorias por ley o estatutos = 1.000 (-)
BENEFICIO DISTRIBUIBLE PREVIO 29.000
Saldo contable de I+D –          6.000
BENEFICIO DISTRIBUIBLE DEFINITIVO  23.000

 

Resultados negativos de ejercicios anteriores (RNEA) = -10.000

Ajustes positivos = 20.000

Exceso sobre ajustes positivos = 0

Reserva Legal = 5.000

Reserva Legal neta o efectiva = 5.000 – 0 = 5.000

10% x 20.000 = 2.000 (Artículo 274.1 TRLSC); RL = 1.000**

(5.000 + 2.000 >** 20% x 30.000)

  1. A) ¿Cuánto sería el dividendo máximo a repartir?

Dividendo máximo = 23.000

  1. B) Realizar la anotación contable de la aplicación del resultado en el caso de repartir el máximo dividendo posible indicando los saldos de las cuentas después de la misma.
 20.000,00 129. Resultado del ejercicio   112. Reserva Legal 1.000,00
3.000,00 113.Reservas voluntarias   557. Dividendo activo a cuenta 1.000,00
  526. Dividendo activo a pagar

23.000 – 1.000

21.000,00

 

Capital Social: 30.000
Reserva Legal: 6.000
Reservas voluntarias: 17.000
RNEA -10.000
Resultado del ejercicio: 0
Dividendo a cuenta 0
Patrimonio neto según balance = 43.000  

 

  1. C) Realizar la anotación contable del abono del dividendo si se aplica una retención del 19%

 Pago del dividendo

21.000,00 € 526. Dividendo activo a pagar   572.Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros

81% x 21.000

17.010,00 €
  4751. Hacienda pública,  acreedora por retenciones practicadas

19% x 21.000

3.990,00 €

 

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